RESOLUCIÓN 002. Por la cual se declara celebrada la III Asamblea Estatal de Jóvenes del Polo Democrático Alternativo en España.
Reunidos en la ciudad de Madrid durante los días 13 y 14 de diciembre del año en curso, las y los Jóvenes del Polo Democrático Alternativo en España han celebrado su III Asamblea Estatal bajo el lema “Por una juventud comprometida con la unidad del PDA sin sectarismos y sin ambigüedades”, ratificando la legitimidad que le confiere a este espacio como el máximo nivel de toma de decisiones y de estructuración orgánica con el cumplimiento de sus facultades estatutarias, y
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que de acuerdo en lo consagrado en los siguientes artículos de nuestros estatutos:
i) Artículo 6. El Ideario de Unidad es la base programática del Polo y sintetiza el mínimo ético y político que identifica. a la totalidad de sus afiliados y afiliadas y es de obligatorio cumplimiento. El disenso y las tendencias en el Polo se pueden desarrollar en el marco ideológico, político y organizativo establecido en los presentes Estatutos.
ii) Artículo 8. Derechos. Son derechos de los afiliados y afiliadas del Partido (entre otros):
Conformar y hacer parte de tendencias políticas, en el marco establecido en los presentes Estatutos, sin menoscabo de la unidad orgánica del Partido.
Participar en la toma de decisiones ideológicas, programáticas y políticas del Polo, así como en la selección de su dirigencia y de candidatos y candidatas en los términos establecidos en los presentes Estatutos.
Elegir y ser elegido, para formar parte de los organismos de dirección del Polo.
Disentir y ejercer la sana crítica, la libre expresión de las ideas y presentar iniciativas y proyectos.
iii) Artículo 9. Deberes. Son deberes de los afiliados y las afiliadas del Partido (entre otros):
Asistir a las asambleas territoriales o sectoriales de las cuales haga parte.
Respetar los derechos de los demás miembros del Partido y de la sociedad en general, sin detrimento de la sana crítica.
Apoyar a los candidatos y candidatas del Partido escogidos de conformidad con los presentes Estatutos.
Respetar, acoger e impulsar las decisiones legítimamente adoptadas por el Partido, en todas sus instancias.
Acatar los presentes Estatutos.
iv) Artículo 14. Las estructuras organizativas del Partido deberán garantizar la libre participación de todos sus afiliados y afiliadas…
v) Artículo 16. La toma de decisiones en el Partido se fundamenta en una democracia participativa. En todas sus decisiones el Partido buscará el consenso o en su defecto, la mayoría de votos entre los afiliados y afiliadas del respectivo organismo.
vi) Artículo 26. La estructura esencial del Polo son los organismos y comités de base del Partido, cualquiera que sea su denominación. Estos están constituidos por sus afiliados y afiliadas de manera libre, autónoma y autogestionaria, alrededor de identidades o afinidades, territoriales, sectoriales o de grupos de interés; serán promovidos y reconocidos por el Polo y se articularán para la acción política en instancias locales o sectoriales de coordinación, así como con los organismos de decisión del Partido en los niveles correspondientes.
vii) Artículo 27. Coordinaciones territoriales. Existirán coordinaciones de corregimiento, de comuna, localidad o zona, de municipio o distrito y de departamento. Esas coordinaciones serán elegidas por el voto de los afiliados. Se garantizará que esos organismos sean plurales.
viii) Artículo 44. Juventud. El Polo garantizará a las personas jóvenes su participación efectiva promoviendo y garantizando la presencia de esta población en las diferentes instancias y procesos del mismo, así como el reconocimiento de una Organización Nacional Juvenil del Polo Democrático Alternativo, en el marco de los Estatutos del Partido. Se considera jóvenes a las personas entre 14 y 30 años de edad.
SEGUNDO. Que de acuerdo al Ideario de Unidad, Estatutos y posteriores resoluciones emanadas por el Comité Ejecutivo Nacional, el trabajo sectorial de las y los Jóvenes del Polo Democrático en España se desarrolla bajo una estructura Estatal con su respectiva coordinación, siendo la Asamblea el espacio máximo legítimo para la toma de decisiones y estructuración orgánica con una sesión anual en la que se garantiza la participación plural de las y los jóvenes del PDA en el Estado Español que cumplen el rango de edad contemplado en los estatutos.
TERCERO. Que la III Asamblea Estatal de JPDA en España por mandato expreso de la II Asamblea Estatal ha sido convocada por la Coordinación Estatal de JPDA España dentro del tiempo estipulado para la realización de la misma con unos mecanismos claros para su participación y extendida a los diversos sectores que componen la unidad del PDA, acordes con los Estatutos del Partido y las necesidades logísticas propias de dicho espacio.
CUARTO. Que la III Asamblea Estatal de JPDA en España considera un imperativo de las afiliadas y los afiliados en todos sus niveles orgánicos, el cumplimiento irrestricto del Ideario de Unidad cómo nuestra guía ideológica y de acción, y de los Estatutos y resolución del Comité Ejecutivo Nacional, así cómo el Código de Ética cómo la guía para el cumplimiento de nuestros fines, ejercicio de nuestros derechos y deberes, bajo estos principios rectores.
QUINTO. Que la III Asamblea Estatal de JPDA en España confiere a las y los delegada/os elegida/os para su representación en las máximas estancias partidarias, I Congreso de Jóvenes del PDA y II Congreso de Unidad, la responsabilidad de elevar las posturas que en este máximo espacio se definen.
SEXTO. Que es necesaria la articulación del trabajo sectorial de JPDA España con las definiciones del Proyecto Estratégico de Jóvenes del PDA, así como también las que se vinculan con el quehacer de la estructura orgánica en este contexto como las Comisión de Asuntos y Relaciones Internacionales.
RESUELVE:
PRIMERO. Ratificar el carácter de la III Asamblea Estatal de las y los Jóvenes del PDA en España, cómo el máximo espacio decisorio y de estructuración orgánica.
SEGUNDO. Establecer una Coordinación Estatal acorde a los Estatutos del Partido y de las realidades de los procesos representadas en la Asamblea, con las siguientes determinaciones:
i) Mandato. La coordinación estatal esta mandatada a cumplir los fines del partido en este contexto, así como al fortalecimiento orgánico de la estructura juvenil, con permanencia máxima de un año, siempre y cuando no transgreda las decisiones que se tomen en el I Congreso de JPDA, dado caso tendría la obligatoriedad de convocar a una Asamblea extraordinaria.
ii) Composición. Las Coordinación Estatal estará compuesta por un representante de los procesos territoriales presentes en la Asamblea: 1) Andalucía (Córdoba y Sevilla), 2) Madrid a la que se suma Salamanca, y 3) Valencia
Parágrafo. Será posible la incorporación de representantes de otros procesos territoriales que no estén presentes o que se creen en el transcurso del mandato previa constatación de la existencia por parte de la Coordinación vigente.
iii) Funciones. La Coordinación Estatal tendrá como funciones:
¨ Buscar la vinculación de comités de base juveniles del PDA a la estructura orgánica definida que no se han vinculado hasta el momento de la realización de esta asamblea.
¨ Analizar las realidades locales de cada proceso, acompañarlas y potenciarlas de acuerdo a sus particularidades.
¨ Definir un espacio de formación acorde a nuestras posturas ideológicas consignadas en el Ideario de Unidad y garantizar la presencia de la mayoría de jóvenes que se encuentren afiliadas y afiliados al PDA en el Estado Español.
¨ Propiciar espacios de integración juvenil en el continente Europeo en la mira de la construcción y consolidación de un trabajo coordinado y más eficaz en este contexto.
TERCERO. La Coordinación Estatal reglamentará su funcionamiento interno de acuerdo a los estatutos del partido y resoluciones emanadas para tal efecto, o que sean emanadas en el próximo I Congreso de Jóvenes del PDA.
CUARTO. Hacer un llamado a TODOS los sectores o procesos juveniles del PDA en España a la integración en la estructura orgánica estatal, instándolos al ejercicio de sus derechos pero también de sus deberes consagrados en nuestros estatutos, así como a no menoscabar la unidad del PDA a favor de sus posiciones y por el contrario fortalecerla bajo los principios éticos y políticos contemplados en nuestro ideario de unidad.
QUINTO. Condenar cualquier mínima violación flagrante a los principios rectores de nuestra guía de acción, el Ideario de Unidad, cómo ha sido por ejemplo la realizada por los siete senadores de nuestra bancada parlamentaria que han apoyado la candidatura del señor Alejandro Ordóñez para ocupar la responsabilidad de Procurador General de
SEXTO. Postulados a presentar en los próximos Congresos:
i) expresar el indeclinable compromiso del colectivo con el Ideario de Unidad siendo su defensa en dichas estancias un imperativo,
ii) defender la actual estructuración orgánica del partido acorde a los estatutos, así como en el caso del I Congreso de Jóvenes regularse de la misma manera.
SÉPTIMO. Plan de trabajo. JPDA España continuará con su plan de trabajo enfocado a abordar dentro de la “Campaña Europea de Jóvenes por
COORDINACIÓN ESTATAL DE LAS JPDA EN ESPAÑA
España, 18 de diciembre de 2008
1 comentario:
Hola, soy Horacio Bolaños de Cali- Colombia, bacano saber que tan lejos de nuestro pais existen personas con ideales como las del PDA, muchas felicidades y aun nos quedan días de lucha contra este gobierno NARCOPARAMILIAR, sin embargo, emergen cada día más posturas radicales frente al desinteres de algunos sectores de la sociedad.
Saludos
desde Colombia
Horacio
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